El Gobierno provincial creó la nueva “Tarifa Social Eléctrica Correntina”

El gobernador Gustavo Valdés firmó el decreto Nº 3.333 por el cual se crea la “Tarifa Social Eléctrica Correntina” para “atender a los sectores sociales vulnerables de toda la provincia”. Los beneficiarios tendrán significativos descuentos en sus facturas y quienes ya estaban en la tarifa social derogada por el Gobierno nacional, accederán ahora a esta medida provincial en la que se incluye en general a quienes perciben menos de dos salarios mínimos.
Es así que la Dirección Provincial de Energía de Corrientes confeccionó un nuevo esquema de tarifa social aplicable a los usuarios, facultando el Poder Ejecutivo a este organismo a “disponer lo necesario para la implementación, en forma gradual y progresiva”.
La Dpec estableció que “para continuar con la aplicación total o parcial de algunos de los beneficios derogados por la resolución Nº 366/18 de la Subsecretaría de Gobierno de Energía de la Nación, es necesario que el Estado provincial asuma los costos de su implementación”.
El organismo sostuvo que para ello “se realizaron reuniones con otros estamentos gubernamentales para la elaboración de un proyecto alternativo que tenga el menor impacto posible sobre los usuarios
en cuestión, sin que se resienta el servicio eléctrico prestado por la Dpec”.
Criterios de inclusión
La Dpec estableció como criterios para acceder a esta nueva Tarifa Social Eléctrica Correntina: “Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a dos (2) salarios mínimos, vitales y móviles. Ser trabajador monotributista inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el salario mínimo, vital y móvil. Ser beneficiario de una pensión no contributiva y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el salario mínimo, vital y móvil. Ser titular de programas sociales. Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social. Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844). Estar percibiendo el seguro de desempleo. Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente. Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia. En los casos en que
un titular que se encuadre dentro de los criterios de elegibilidad posea más de un suministro residencial a su nombre, solo puede acceder al beneficio en uno de ellos, para lo cual debe acreditar en cuál de ellos reside”.
Criterios de exclusión
Asimismo, la Dpec estableció los siguientes criterios como causales de quedar excluido del beneficio: “Registro de Propiedad Inmueble: resultan excluidos aquellos titulares de más de uno. Padrón de Automotores: resultan excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta diez (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia. Embarcaciones de lujo: resultan excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo. Contar el suministro, al que se aplica el beneficio, con dos o más facturas impagas a los vencimientos respectivos. Registrarse un fraude en cualquier suministro a nombre de un titular beneficiario, cualquiera fuera la modalidad o forma en la que se realizara (anormalidad en el contador de energía, derivación, etc.). Detectar cualquier maniobra, acción u omisión que de modo directo o indirecto implique una simulación o engaño al sistema que impone la norma”. (Diario El Litoral).
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